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Revisión Autor y Garante: Miguel Santana
Revisión actualizada: 02.06.2023
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Perú aprueba la ley del juego online

Revisión Autor y Garante: Miguel Santana
Revisión actualizada: 02.06.2023

El jueves 25 de mayo, el Congreso peruano aprobó por 105 votos, el texto que modifica la Ley 31.557, la cual regula el juego a distancia y las apuestas deportivas, para garantizar una mayor recaudación tributaria; y, posteriormente, con 103 votos a favor, la Asamblea Nacional eliminó de una segunda votación el texto sustitutivo del Proyecto de Ley 3.595.

Aunque la normativa requiere un análisis detallado, el cual fue realizado específicamente para Yogonet por el abogado especializado en juegos de azar Carlos Fonseca Sarmiento, se puede destacar que entre las principales características aprobadas, el Pleno del Congreso autorizó que las empresas establecidas en el extranjero que operen en países de juego online o apuestas deportivas online, sean contribuyentes.

Qué innovaciones esperan

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Según la actual Ley 31.557, aprobada en julio de 2022, toda empresa de juegos de azar por Internet que desee obtener una licencia para operar, debe tener su domicilio social en el Perú o abrir una sucursal física si se trata de una empresa extranjera, quedando sin registro aquellas que no tengan domicilio en el país.

Esto ha planteado dudas a la Sociedad Nacional de Juegos de Azar (Sonaja) debido a que sus miembros -empresas registradas en el país- tributan por sus actividades a la tasa del 12%.

Con el cambio aprobado, el campo fiscal se nivelará. Sin embargo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) considera que la modificación aprobada anoche por el Congreso, podría contradecir los compromisos internacionales adquiridos por el Estado peruano con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

«El acuerdo con la OCDE especifica que desde el 8 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, no se aplicarán impuestos recientemente adoptados sobre servicios digitales u otras medidas relevantes similares a ninguna empresa no registrada en Perú.»

Sin embargo, para la Comisión de Economía del Congreso, que aprobó y presentó la iniciativa en el Pleno, el impuesto a los juegos y apuestas deportivas remotas se aplica a las actividades y no es un tributo a las rentas generadas por las empresas.

El impuesto sobre el juego y las apuestas deportivas a distancia se aplica a las actividades

El proyecto de ley que analizará el Ejecutivo modifica, entre otros, el artículo 7 sobre permisos para operar plataformas tecnológicas. El proyecto de ley señala que la operación de una plataforma tecnológica de juego remoto o apuestas deportivas remotas, según sea el caso, deberá realizarse utilizando un dominio con extensión «.bet.pe», «.bet», «.com», «.pe» o «.com.pe», obtenido de una entidad u organización pública o privada encargada de proveer dominios con las extensiones mencionadas, siempre que cuenten con la autorización correspondiente emitida por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

Revisión Autor y Garante: Miguel Santana
Revisión actualizada: 02.06.2023
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